ࡱ> ( ,/ 00DArialBlackmanll4-b0DTimes New Romanll4-b0 DWingdingsRomanll4-b00DArial Blackmanll4-b0"@ .  @n?" dd@  @@`` TLl\s       !#%& 0AA@8oO ʚ;>nq8ʚ;g4kdkd^ b0^ppp@  <4dddd8g0l<4!d!d8g0l0___PPT10 pp~___PPT9`X@  ?  O  ={ CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION!! ! !Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTE"" "  LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE!!& ! El Cambio climtico: Se define como la variacin global del clima de la Tierra y es debido a causas naturales y tambin a la accin del hombre. El clima nunca ha sido esttico. Entre las variaciones climticas han existido periodos glaciares de unos 100.000 aos.Z   LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE!!& ! El  Efecto Invernadero : Se define como la retencin del calor del sol por gases en la atmsfera. La acumulacin de gases liberados por la combustin de combustibles fsiles, la industria y la agricultura ha aumentado un 30 % desde la Revolucin Industrial (siglo XIX). Antes, sin la actuacin humana, la naturaleza se encargaba de equilibrar las emisiones.ff f  LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE!!& ! Principales gases de efecto invernadero Dixido de carbono ( CO2 ) Metano ( CH4 ) Oxido Nitroso ( N2O ) Hidrofluorcarbonos ( HFCS ) Perfluorocarbonos ( HPCS ) Hexafluoruro de azufre ( SF6 ) ( datos del Protocolo de Kioto )Z   LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE!!& ! Protocolo de Kioto sobre el cambio climtico. Es el resultado de una reunin dentro del marco de Naciones Unidas realizada en Tokio el 11-12-1.997 por el que definen los gases de  efecto invernadero y se acuerda su reduccin a un 8% por Europa, un 7% por EEUU *y un 6 % por Japn, menos que las emisiones del ao 1.990, durante el periodo del 2.008 al 2.012. Se crea el comercio de derechos de emisiones. Se acuerda la creacin de un Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climtico ). ( se hablaba de reducir las emisiones un 15 %). ( EEUU no ratific el Protocolo) HPH H  LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE!!& ! El Reglamento de la CE N 842/2.006 de 17-5-2.006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero indica: Que la Comunidad se comprometi a reducir la emisin de gases de efecto invernadero un 8 % con respecto a los niveles de 1.990 entre los aos 2.008 al 2.012 y a un plazo ms largo debern reducirse en un 70 % aproximadamente. Contencin: se deben evitar fugas y exige un control de los aparatos segn la capacidad. Recuperacin: se deben tomar las medidas necesarias para la recuperacin adecuada por parte de personal acreditado. A ms tardar el 4-7-2.007debern establecerse los requisitos mnimos de los programas de formacin y certificacin, tanto para el personal como para las empresas que se dediquen a la instalacin mantenimiento o reparacin de equipos que contengan gases de efecto invernadero. Presentacin de informes sobre la produccin, importacin, exportacin de ms de 1 Tn. de gases de efecto invernadero . ( sigue) .PPsF  LA PROTECCION MEDIO AMBIENTAL&  Etiquetado: los aparatos que contengan gases de efecto invernadero debern llevar la denominacin qumica, que contiene gases de efecto invernadero cubiertos por el protocolo de Kioto sobre el cambio climtico, as como su cantidad, junto a los puntos de servicio para su recarga o recuperacin. En los manuales de instrucciones proporcionados con estos productos y aparatos figurar informacin sobre los gases de efecto invernadero, incluido su potencial de calentamiento atmosfrico. Control de uso: A partir del 1-1-2.008 queda prohibido el uso del SF6 para el moldeado a presin del magnesio, salvo si el SF6 utilizado es menor de 850 kg.ao. $(ZnZ  .LA PROTECCION MEDI0 AMBIENTAL&   A partir del 4-7-2.007 queda prohibido el uso del SF6 para rellenar neumticos para vehculos. Comercializacin: queda prohibida la comercializacin de gases fluorados de efecto invernadero ( se excepta el SF6 ). Revisin: a ms tardar el 4-07-2011 la Comisin publicar un informe basado en la experiencia adquirida. Equivalencia: El SF6 es 22.200 ms contaminante que el CO2..MP<P[.  LA PROTECCION MEDIO AMBIENTAL&  El Consejo de Jefes de Estado de la UE, reunido el 7y8 -3-2.007 han acordado sobre el cambio climtico: Reducir las emisiones de dixido de carbono un 20 % de aqu al 2.020 Aumentar la eficiencia energtica un 20 %. Aumentar un 10 % el consumo de biocombustibles. Y sobre todo que el 20 % de la energa proceda de fuentes renovables. Angela Merkel afirm: el tema es sumamente importante para toda la humanidad, y es preciso tomar las medidas necesarias para reducir un 2% el calentamiento del planeta y evitar una catstrofe humana.P  /LA PROTECCION MEDIO AMBIENTAL&   Requisitos para que un producto pueda considerarse PROTECTOR del medio ambiente: Que no emita gases de  efecto invernadero , tambin llamados antropomorfos. b) No txico en su estado natural ni en otras situaciones como incendio etc. Ecolgico; Integrable fcilmente en el entorno. Reciclable; que todos los elementos que lo componen al final de su vida til puedan ser empleados en la produccin de otros. Biodegradable; que los lquidos que lo componen sean fcilmente descompuestos. f) Si es un equipo elctrico su campo magntico no debe superar las 100 microteslas ( uT ) YPLlPSlPlP`PPYa   X LA PROTECCION MEDIO AMBIENTAL&  El SF6 se emplea en celdas de 3.000 a 30.000 Voltios que se instalan en la red elctrica europea y ante la problemtica medio ambiental que presenta se est pensando en dejar de utilizarlo. Un edificio que se quiera denominar ecolgico no puede instalar un Centro deTransformacin que contenga SF6. ni un transformador que no sea de prdidas reducidas para proteger el medio ambiente. El CTIN de tecnologa norteamericana cumple estos requisitos y algunos ms.P   FEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTEGG G bEl Cdigo Tcnico de la Construccin ( CTE )ha sido aprobado por el RD 314/2.006 del 17 de marzo de 2.006. y desarrolla la Ley 38/1.999 del 5 de noviembre, sobre Ordenacin de la Edificacin. Es el marco normativo por el que se regulan las exigencias bsicas de calidad que deben cumplir los edificios Las exigencias bsicas para cada uno de los requisitos son:  SEGURIDAD ESTRUCTURAL  SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO  SEGURIDAD DE UTILIZACION  HIGIENE, SALUD Y PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE  PROTECCIN CONTRA EL RUIDO  AHORRO DE ENERGIA Y AISLAMIENTO TERMICO Proporciona procedimientos que permiten acreditar su cumplimiento con suficientes garantas tcnicas. Las exigencias bsicas deben cumplirse en el proyecto, la construccin, el mantenimiento y la conservacin de los edificios y sus instalaciones.2P2 2  FEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTEGG G Contenido del CTE: a) La primera parte contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicacin del CTE y las exigencias bsicas que deben reunir los edificios. b) La segunda parte est formada por los  DOCUMENTOS BASICOS (DB) basados en el conocimiento consolidado de las distintas tcnicas constructivas. Los (DB) contienen: a) La caracterizacin y cuantificacin de las exigencias bsicas, el establecimiento de unos niveles o valores lmite de las prestaciones o sus partes. b) Unos procedimientos cuya utilizacin acredita el cumplimiento de las exigencias bsicas, concretados en forma de mtodos de verificacin o soluciones sancionadas por la prctica tambin podrn contener remisin o referencia a Instrucciones, Reglamentos u otras Normas Tcnicas.P   FEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTEGG G Contenido del CTE: Como complemento de los DB estn los  DOCUMENTOS RECONOCIDOS del CTE que se definen como documentos tcnicos, sin carcter reglamentario, que cuentan con el reconocimiento del Ministerio de la Vivienda, quien mantendr un registro pblico de los mismos. Los DOCUMENTOS RECONOCIDOS podrn tener el contenido siguiente: a) Especificaciones, Guas Tcnicas o cdigos de buena practica. b) Mtodos de evaluacin y soluciones constructivas, programas informticos u otras bases de datos. c) Comentarios sobre la aplicacin del CTE o cualquier otro documento que facilite la aplicacin del CTE, se excluyen los de utilizacin de un producto o sistema constructivo particular o bajo patente. P   =EL CODIGO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTE>> > BSe crea en el Ministerio de la Vivienda el  Registro General del CTE , que tendr carcter pblico e informativo. Los Documentos Reconocidos se inscribirn en dicho registro y tambin podrn inscribirse: a) Las marcas, sellos, certificaciones y otros distintivos de calidad que se incorporen a los edificios y contribuyan al cumplimiento de las exigencias bsicas. b) Los sistemas de certificacin de las prestaciones finales de los edificios. las certificaciones de conformidad que ostentan los agentes que intervienen en la ejecucin de las obras. Las certificaciones medio ambientales que consideren el anlisis del ciclo de vida de los productos. Otras certificaciones que faciliten el cumplimiento del CTE y fomenten la mejora de la calidad de la edificacin. c) Los organismos autorizados por la Administracin Pblica competentes para la concesin de evaluaciones tcnicas de la idoneidad de los productos o sistemas . P   =EL CODIGO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTE>> > El 2 Capitulo trata de las condiciones tcnicas y administrativas. El 3 Captulo trata de las  Exigencias Bsicas : Exigencia bsica de SEGURIDAD ESTRUCTURAL (SE) Exigencia bsica de SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO (SI) Exigencia bsica de SEGURIDAD DE UTILIZACION (SU) Exigencia bsica de SALUBRIDAD (HS)  Higiene, Salud y Proteccion del medio ambiente. Exigencia bsica de PROTECCIN CONTRA EL RUIDO (HR) Exigencias bsicas de AHORRO DE ENERGA (HE) P  EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F z EXIGENCIAS BASICAS DE AHORRO DE ENERGIA (HE): El objetivo del requisito bsico  ahorro de energa consiste en conseguir un uso racional de la energa necesaria para la utilizacin de los edificios, reduciendo a lmites sostenibles su consumo y conseguir as mismo que una parte de este consumo proceda de fuentes renovables. El documento bsico  DB-HE ahorro de energa especifica parmetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfaccin de las exigencias bsicas y la superacin de los niveles mnimos de calidad en cuanto al ahorro de energa. >P> > EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F La exigencia bsica  AHORRO DE ENERGA se desarrolla en cinco documentos: HE 1: Limitacin de demanda energtica. HE 2: Rendimiento de las instalaciones trmicas. HE 3: Eficiencia energtica de las instalaciones de iluminacin. HE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitaria. HE 5: Contribucin fotovoltaica mnima de energa elctrica.$wPPb b  EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F OLa HE 1: Limitacin de la demanda energtica. Los edificios dispondrn de una envolvente de caractersticas tales que limite adecuadamente la demanda energtica necesaria para alcanzar el bienestar trmico en funcin del clima, del uso del edificio, de las caractersticas del aislamiento, permeabilidad al aire, exposicin a la radiacin solar, reduciendo el riesgo de la aparicin de humedades y tratando adecuadamente los puentes trmicos para limitar las prdidas o ganancias de calor. Es de aplicacin en: a) edificios de nueva construccin b) modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie til superior a 1000 m2 donde se renueve el 25 % del total de sus cerramientos. Se excluye del campo de aplicacin: a) aquellas edificaciones que por sus caractersticas de construccin deban permanecer abiertas"PP." P !EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F \% b) edificios y monumentos protegidos oficialmente por su valor arquitectnico o histrico y el cumplimiento de tales exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carcter o aspecto c) edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilizacin igual o menor de 2 aos Instalaciones industriales, talleres y edificios agrcolas no residenciales Edificios aislados con una superficie til total inferior a 50 m2. ( el resto del documento son procedimientos de clculo).2ZoZ". / "EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F HE 2: Rendimiento de las Instalaciones Trmicas. Los edificios dispondrn de instalaciones trmicas apropiadas destinadas a proporcionar bienestar trmico de sus ocupantes, regulando el rendimiento de las mismas y de sus equipos. Esta exigencia se desarrolla en el vigente Reglamento de Instalaciones Trmicas en los Edificios ( RITE ) y su aplicacin quedar definida en el proyecto del edificio. El ( RITE ) est aprobado en el RD 1751/1998 de 31 julio"Z1  #EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F HE 3: Eficiencia Energtica de las instalaciones de Iluminacin Los edificios dispondrn de instalaciones de iluminacin adecuadas a las necesidades de sus usuarios y a la vez eficaces energticamente disponiendo de un sistema de control que permita ajustar el encendido a la ocupacin real de la zona, as como un sistema de regulacin que optimice el aprovechamiento de la luz solar, en las zonas que renan unas determinadas condiciones. Es de aplicacin en: a) edificios de nueva construccin b) rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie til superior a 1000 m2 donde se renueve mas del 25 % de iluminacin c) reformas de locales comerciales y de edificios de uso administrativo en los que se renueve la instalacin de iluminacin Se excluye del campo de aplicacin: b) edificios y monumentos con valor histrico o arquitectnico reconocido, cuando el cumplimiento de las exigencias de esta seccin pudiese alterar de manera inaceptable su carcter o aspecto Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilizacin igual o inferior a 2 aos. Instalaciones industriales, talleres y edificios agrcolas no residenciales Edificios independientes con una superficie til total inferior a 50 m2. ( el resto son temas tcnicos) "P@  $EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F sHE 4: Contribucin solar mnima de agua caliente sanitaria. Una parte de las exigencias energticas trmicas derivada de la demanda de agua caliente sanitaria se cubrir mediante la incorporacin en los mismos de sistemas captacin, almacenamiento, y utilizacin de energa solar de baja temperatura adecuada a la radiacin solar global de su emplazamiento y la demanda de agua caliente sanitario en el edificio. Los valores derivados de esta exigencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de valores que puedan ser establecidos por las Administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad "tP<8 t %EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F XHE 4: Ambito de aplicacin: Esta seccin es aplicable a los edificios de nueva construccin y rehabilitacin de edificios existentes de cualquier uso en los que exista una demanda de agua caliente sanitaria y/o climatizacin de piscina cubierta. La contribucin solar mnima, podr disminuirse en los siguientes casos: a) cuando se cubra ese aporte energtico de agua caliente sanitaria mediante el uso de energas renovables, procesos de cogeneracin o fuentes de energa residuales procedentes de la instalacin de recuperadores de calor ajenos a la propia generacin de calor del edificio. b) cuando el cumplimiento de este nivel de produccin suponga sobrepasas los criterios de clculo que marca la legislacin de carcter bsico aplicable. c) cuando el emplazamiento del edificio no cuente con suficiente acceso al sol por barreras externas al mismo. YPX Y &EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F d) en rehabilitacin de edificios, cuando existan imitaciones no subsanables derivadas de la configuracin previa del edificio existente o de la normativa urbanstica aplicable e) en edificios de nueva planta, cuando existan limitaciones no subsanables derivadas de la normativa urbanstica aplicable, que imposibiliten de forma evidente la disposicin de la zona de captacin necesaria f) cuando as lo determine el rgano competente que deba dictaminar en materia de proteccin histrico-artstica En edificios que se encuentren en los casos b), c) d) y e) anteriores, en el proyecto se justificarn la inclusin alternativa de medidas o elementos que produzcan un ahorro energtico trmico o reduccin de las emisiones de dixido de carbono equivalentes a las que obtendran mediante la correspondiente instalacin solar, realizando mejoras en el aislamiento trmico y en el rendimiento energtico de los equipos. ( el resto son temas tcnicos)P  'EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F HE 5: Contribucin de energa fotovoltaica mnima de energa elctrica. En los edificios que as se establezca en este CTE se incorporarn sistemas de captacin y transformacin de energa solar en energa elctrica por procedimientos fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia bsica tendrn la consideracin de mnimos, sin perjuicio de que las Administraciones competentes puedan establecer valores ms estrictos y que contribuyan a la sostenibilidad. "PH  (EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F 4HE 5 : Ambito de aplicacin: Los edificios de los usos indicados en la tabla 1.1 incorporarn sistemas de captacin y transformacin de energa solar por procedimientos fotovoltaicos cuando superen las cifras indicadas: TABLA 1.1 Tipo de uso Lmite de aplicacin Hipermercado 5.000 m2 construido Multitienda y centros de ocio 3.000 m2 construidos Nave de almacenamiento 10.000 m2 construidos Administrativos 4.000 m2 construidos. Hoteles y Hostales 100 plazas Hospitales y Clnicas 100 camas Pabellones de recintos feriales 10.000 m2 construidosDPYP9 5 )EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F @HE 5: Podr disminuirse o eliminarse justificadamente la potencia mnima determinada en aplicacin de esta exigencia bsica en los siguientes casos: a) cuando se cubra la produccin elctrica estimada que correspondera a la potencia mnima, mediante el aprovechamiento de otras fuentes de energa renovables. b) cuando el emplazamiento no cuente con suficiente acceso al sol por barreras externas al mismo y no se puedan aplicar soluciones alternativas. c) en rehabilitacin de edificios, cuando existan limitaciones no subsanables derivadas de la configuracin previa del edificio existente o de la norma urbanstica. d) en edificios de nueva planta, cuando existan limitaciones no subsanables derivadas de la norma urbanstica aplicable que imposibiliten de forma evidente la disposicin de la superficie de captacin necesaria.APA A *EEL CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION Y LA PROTECCION DE MEDIO AMBIENTEFF F 'e) cuando as lo determine el rgano competente que deba dictaminar en materia de proteccin histrico-artstica. En los edificios para los que sean de aplicacin los apartados b), c), y d) se justificar en el proyecto la inclusin de medidas o elementos alternativos que produzcan un ahorro elctrico equivalente a la produccin que se obtendra con la instalacin solar mediante mejoras en las instalaciones consumidoras de energa elctrica tales como la iluminacin, regulacin de motores o equipos ms eficientes. ( el resto son temas tcnicos)(P( (   0` fffff` ?̙ffE` ff333` C3ff3` &u3` ffff` **@fff̙fl` +3[Xd` 333f` 5D`|f>?" dd@*?lPd@ `F `A@`<``( n?" dd@   @@``PP   @ ` `.p>>    L(  L>F ```  L"```" L HG p"P`` H0 B L S BCE6FGIQSTUV.WX@` B C "`` F0 nB L 0DԔ" L 0В "{4  c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,, A L 0ؕ "  kHaga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel7   l  L 6䜗 #" `` `  `*     L 6 #" ``   b*     L 6̦ #" `` `  d*   H L 0޽h ? fffff___PPT10i. +D='  = @B +  Radialw  0    P g (  PJF H X   P"H X " P Bp"X  H0  P Hd>"H0 H0 B P S BCE6FGIQSTUV.WX@` B C "h  F0 B P 0Dp"p,$0 P 0\ "py  c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,,  P 0d "x   r:Haga clic para modificar el estilo de subttulo del patrn;;   P 6h #" `` `  `*     P 6< #" `c   b*     P 6 #" `` `  d*   H P 0޽h ? fffff80___PPT10. W0 0`g(  ` ` 0d9  P     `*    ` 0      b*   d ` c $ ?   3 ` 0   0   kHaga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel7   l  ` 6E  _P    `*    ` 6K  _    b*   H ` 0޽h ? 3380___PPT10.n ^'$0 0$(  r  S Ppy  r  S 4Px   H  0޽h ? fffff80___PPT10.ny$ 0 @$(  r  S L{4   r  S hL  H  0޽h ? fffff80___PPT10.n$ 0 P$(  r  S XL{4   r  S L  H  0޽h ? fffff80___PPT10.nF$ 0 `$(  r  S IL{4  I r  S IL I H  0޽h ? fffff80___PPT10.n01$ 0 p$(  r  S IL{4  I r  S |ILTj I H  0޽h ? fffff80___PPT10.no$ 0 $(  r  S IIL{4  I r  S 0SIL I H  0޽h ? fffff80___PPT10.n0$$ 0 $(  r  S dL{4   r  S eL  H  0޽h ? fffff80___PPT10.9n~V$ 0 Ph$(  hr h S tIL{4  I r h S ^IL I H h 0޽h ? fffff80___PPT10.oWj$ 0 $(  r  S 8IL{4  I r  S IL I H  0޽h ? fffff80___PPT10.?n`^: 0 `l:(  lr l S ܨIL{4  I  l S IL I "p`PpH l 0޽h ? fffff80___PPT10.o $ 0 $(  r  S IL{4  I r  S IL I H  0޽h ? fffff80___PPT10.Fn@Ib$ 0 $(  r  S XIL{4  I r  S 0IL I H  0޽h ? fffff80___PPT10.Fn8@$ 0  $(   r   S  L{4   r   S  L   H   0޽h ? fffff80___PPT10.JnP%/$ 0 $(  r  S P L{4   r  S t L   H  0޽h ? fffff80___PPT10.Mn d$ 0 $(  r  S  * L{4   r  S * L   H  0޽h ? fffff80___PPT10.On.$ 0 $(  r  S P< L{4   r  S = L   H  0޽h ? fffff80___PPT10.Rn@$ 0  $(  r  S K L{4   r  S HL L   H  0޽h ? fffff80___PPT10.Un$ 0 0 $(   r   S _ L{4   r   S 5 L   H   0޽h ? fffff80___PPT10.nJ-h$ 0 @$$(  $r $ S o L{4   r $ S  L   H $ 0޽h ? fffff80___PPT10.n w&i$ 0 P($(  (r ( S Ԁ L{4   r ( S  L   H ( 0޽h ? fffff80___PPT10.np'i$ 0 `,$(  ,r , S  L{4   r , S ȓ L   H , 0޽h ? fffff80___PPT10.n>j$ 0 p0$(  0r 0 S  L{4   r 0 S 중 L   H 0 0޽h ? fffff80___PPT10.n Ej$ 0 4$(  4r 4 S ȵ L{4   r 4 S  L   H 4 0޽h ? fffff80___PPT10.np,$ 0 8$(  8r 8 S ͑ L{4   r 8 S lΑ L   H 8 0޽h ? fffff80___PPT10.np$ 0 <$(  <r < S Dؑ L{4   r < S ݑ L   H < 0޽h ? fffff80___PPT10.nT$ 0 @$(  @r @ S  L{4   r @ S  L   H @ 0޽h ? fffff80___PPT10.nb* 0 D*(  Dr D S  L{4   x D c $ L   H D 0޽h ? fffff80___PPT10.nШ$ 0 T$(  Tr T S  L{4   r T S \ L   H T 0޽h ? fffff80___PPT10.nX$ 0 X$(  Xr X S @$ L{4   r X S % Lz<   H X 0޽h ? fffff80___PPT10.nlr }զ-YݳKwϾ'S/[ =i,. /Oh+'0| px    ,4$CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACIONMGHRadialNombre13Microsoft PowerPoint@`cg@@ayn@]F|i G@g  N  y--$xx--'f--N%%$$%%' ( * , . 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